En estos días nos hemos visto abrumados por infinidad de solicitudes y consultas en nuestras oficinas, con motivo del temporal de lluvia que ha asolado las provincias de Alicante, Valencia y Murcia, dónde se encuentran la mayoría de nuestros clientes.

Hemos pensado que podría ser muy útil, para cualquier persona que se haya visto afectada en estos días o e un futuro, por esta o cualquier otro tipo de catástrofes naturales, conocer cual es el organismo responsable de gestionar las compensaciones económicas ante este tipo de daños.

El Consorcio de Compensación de Seguros

Se trata de una entidad pública al que las aseguradoras destinan un porcentaje de sus fondos de manera regular y que sirve para cubrir riesgos extraordinarios, pérdidas generadas por catástrofes naturales: Terremotos, inundaciones, tormentas de viento, etc… Así como catástrofes generadas por el hombre.

Otra función que tiene este Consorcio, muy importante, es asumir la gestión de entidades aseguradoras en proceso de liquidación.

Una de las grandes virtudes del Consorcio, es que en el caso de declararse una catástrofe, los riesgos de los bienes asegurados se mutualizan al máximo. O dicho de otra manera, el Consorcio se solidariza con las zonas más afectadas por la catástrofe, aportando fondos de otras zonas no afectadas para apoyar en las más afectadas.

¿Cómo actúa el Consorcio en caso de catástofre?

La intervención de los seguros a través de este CCS ha sido clave ante este tipo de situaciones, registrando miles de solicitudes de indemnización ante las que esta entidad tiene que responder con los pagos acordados por este organismo de regulación.

La existencia de este Consorcio aporta tranquilidad a la socieda y nos permite cuantificar a nivel económico cual es el valor total por el que se han cubierto los vehículos, las viviendas o las empresas que tienen seguro en España.

Un ejemplo: En el caso del Terremoto de Lorca, con una magnitud de 5’1 grados, con más de 300 heridos, entre ellos 9 víctimas mortales, e importantes daños materiales en viviendas, comercios y edificios históricos. En esta complicada situación, el Consorcio registró más de 28.000 solicitudes de indemnización, ante las que respondió con pagos por valor de más de 500 millones de euros.

¿Cómo puedo solicitar mi indemnización al Consorcio?

La solicitud de indemnización al Consorcio por daños materiales puede realizarse por teléfono ( 900 222 665 ó 952 367 042 ) o vía on-line desde esta misma página web.

https://www.consorseguros.es/web/ambitos-de-actividad/seguros-de-riesgos-extraordinarios/solicitud-de-indemnizacion

En el caso de daños personales la solicitud puede realizarse por teléfono
( 900 222 665 ó 952 367 042 ) , vía on-line desde la página web comentada o por escrito a través de correo electrónico dpto.siniestros@consorseguros.es o correo postal, según se indica a continuación.

Consorcio de Compensación de Seguros

  • Departamento de Siniestros
  • Paseo de la Castellana, 32.
  • 28046 Madrid

Adjuntanto la hoja de reclamaciones que ponemos a tu disposición en este enlace, en el caso de que decidas utilizar el correo electrónico o correo postal como medio de comunicarte con el Consorcio.

http://grupomarti.es/wp-content/uploads/2019/09/COMUNICACION_RREE_2018.pdf

Abono de la indemnización: ¿Cómo y quién recibe la indemnización?

El Consorcio de Compensación de Seguros realizará el pago de la indemnización directamente a los beneficiarios (y sólo a ellos) y siempre mediante transferencia bancaria.

¿El Consorcio responde por los daños en tu vehículo por lluvias y temporales?

Seguramente en estos días, serán muchos los afectados por este tipos de daños en su vehículos. Si es tu caso, el de un familiar o un conocido. Tienes que conocer que los llamados “riesgos extraordinarios”, son aquellos daños que tienen que ver con estas catástrofes que hemos comentado anteriormente y efectivamente, en estos casos el Consorcio de Compensación de Seguros será el encargado de responder por los daños de tu coche.

Para poder recibir esta indemnización, deberás cumplir los siguientes requisitos:

  • Tener contratada una póliza de seguros.
  • Estar al corriente de pago de dicha póliza.

Si tu coche, moto u otro vehículo sufre daños durante los próximos temporales, lo primero que deberás hacer será hablar con tu aseguradora para saber si tienes cobertura propia. Si no es el caso, deberás ponerte en contacto con el Consorcio de Compensación de Seguros, para reclamar los daños materiales, siguiendo los pasos comentados más arriba en el artículo.

¿Qué sucede con los daños personales en estas circustancias?

Aquí la cosa se complica un poco más. La cobertura de los daños personales de un conductor y ocupantes del vehículos dependerá de diversos factores. Por lo que si existen este tipo de años, tanto físicos como psíquico, necesitará consultar con su compañía de seguros para que le asesoren adecuadamente.

Un Seguro de Vida también puede cubrir daños personales por una inundación extraordinaria, a través del Consorcio, pero de igual manera, es un tema complejo que deberemos consultar a nuestra compañía aseguradora.

¿Quién se hace cargo cuando nuestra vivienda se ve afectada por una catástrofe dentro de un edificio comunitario?

Aquí el Consorcio de Compensación de Seguros tan sólo se haría cargo de los daños producidos con motivo de la situación especial (Inundación en este caso).

En el caso de tener problemas de humedad en nuestra vivienda, puede venir por una mal mantenimiento del suelo, obra o modificación. En dicho supuesto, la responsabilidad recae sobre el propietario del piso situado justamente encima de nuestra vivienda.

Si la humedad se produce por un fallo en la impermeabilización o tela asfáltica del edificio, el responsable será la comunidad. Si los daños son son por las dos causas, se repartirán los gastos al 50% entre comunidad y propietario.

Si quieres más información sobre Los daños por humedades en las comunidades, compartimos contigo este artículo.

http://grupomarti.es/los-danos-por-humedades-en-las-comunidades/
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