Las Zonas de Bajas Emisiones (ZBE) ya son obligatorias en España en ciudades de más de 50.000 habitantes. Desde el 1 de enero de 2023 se ha prohíbido la circulación de los vehículos sin etiqueta medioambiental en núcleos urbanos de diversos municipios españoles, siguiendo la directriz del Real Decreto 1052/2022, de 27 de diciembre, por el que se regulan estas áreas. Así que si con el año nuevo tienes previsto adquirir un nuevo vehículo sigue leyendo porque esto te interesa. Desde Grupo Martí AXA os damos las claves para que tu coche esté siempre seguro 👌🏼

La Dirección General de Tráfico (DGT) ha avisado que casi el 40% de los vehículos matriculados en el país, más de 3,5 millones en total, cuentan con el distintivo B, por lo que no pueden circular en algunas de las ZBE. La Ley de Cambio Climático y Transición energética aprobada en 2021 persigue acotar las áreas de circulación restringida para automóviles contaminantes, algo que también se aplica a las localidades de más de 20.000 habitantes que superen niveles máximos de contaminación.

¿Qué son las ZBE (Zonas de Bajas Emisiones)?

Son zonas delimitadas dentro de los núcleos urbanos donde se aplican restricciones de acceso a la circulación, así como al estacionamiento de aquellos vehículos que generan una contaminación elevada. El objetivo es mejorar la calidad del aire y reducir así la emisión de gases de efecto invernadero. Por este motivo se han impulsado desde la DGT los distintivos medioambientales que clasifican los vehículos en función de sus emisiones. 

¿Qué vehículos pueden circular en las Zonas de Bajas Emisiones?

Los turismo que no cuenten con la etiqueta ambiental no podrán circular. Por ello, desde la DGT han puesto en marcha una plataforma donde consultar los coches que ya cuentan con la distinción (puedes consularla aquí). En orden de menor a mayor contaminación, la clasificación es la siguiente:

  • Etiqueta 0 emisiones: es de color azul e identifica a los coches más eficientes (como los eléctricos y los híbridos enchufables)
  • Etiqueta ECO: son los vehículos de gas, híbridos o ambos.
  • Etiqueta C: es de color verde y clasifica los gasolina matriculados después de enero de 2006, así como los diésel matriculados después de enero de 2015.
  • Etiqueta B: es de color amarillo e incluye a vehículos gasolina matriculados desde enero de 2001, y los diésel matriculados a partir de enero de 2006.
  • Sin etiqueta (o etiqueta A): son el resto de vehículos, es decir, los de gasolina anteriores a 2001 y los de gasoil anteriores a 2006. Estos son los considerados como muy contaminantes y no pueden contar con el distintivo de la DGT.

Así pues, estas etiquetas miden cuáles son los vehículos contaminantes y cuáles no, y además, determinan son sus restricciones. En definitiva, solo los vehículos 0 y Eco pueden evadir en su totalidad a las restricciones. 

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